Ley 39/2015¶
Publicado en el Boletín Oficial del Estado como BOE-A-2015-10565. Los cálculos de Cadrumo citan 2 disposiciones de este texto; cada una enlaza más abajo con su redacción oficial en el BOE.
Ley 39/2015, art. 30.5¶
En vigor desde 2016-10-02 (publicado el 2015-10-02).
Texto oficial, en extracto (en español)
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente
Leer Ley 39/2015, art. 30.5 en el BOE
El texto consolidado del Boletín Oficial del Estado es la redacción oficial.
Ficha del catálogo
- Identificador del catálogo:
ley-39-2015:art-30.5- Tipo de norma:
ley- Documento del BOE:
BOE-A-2015-10565- Corpus incluido:
corpus/normatives/html/ley-39-2015.html#a30- Autoridad:
boe- Nivel de evidencia:
legal_authority- Estado de revisión:
agent_reviewed- Fecha de revisión:
2026-08-25
- Revisado por:
operator
- Nota del catalogador:
Grounds the canonical next-working-day extension when an authored filing deadline ends on a non-working day.
Ley 39/2015, art. 43.2¶
En vigor desde 2016-10-02 (publicado el 2015-10-02).
Texto oficial, en extracto (en español)
se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido
se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido
Leer Ley 39/2015, art. 43.2 en el BOE
El texto consolidado del Boletín Oficial del Estado es la redacción oficial.
Ficha del catálogo
- Identificador del catálogo:
ley-39-2015:art-43.2- Tipo de norma:
ley- Documento del BOE:
BOE-A-2015-10565- Corpus incluido:
corpus/normatives/html/ley-39-2015-art-43.html#a43- Autoridad:
boe- Nivel de evidencia:
legal_authority- Estado de revisión:
agent_reviewed- Fecha de revisión:
2026-08-13
- Revisado por:
operator
- Nota del catalogador:
Procedencia de la revision: redactado por agente a partir del ley-39-2015-art-43.html incluido, contrastado con el texto consolidado vivo BOE-A-2015-10565 (los seis apartados del art. 43 verbatim; “dias habiles” y “quince dias” comprobados como negativos). Adjudicado personalmente por el operador el 2026-08-13 contra el corpus incluido: el apartado 2 del art. 43 dice literalmente “se entendera rechazada cuando hayan transcurrido diez dias naturales desde la puesta a disposicion de la notificacion sin que se acceda a su contenido”, y ambas frases de required_text coinciden verbatim. Ley 39/2015 art. 43.2: regimen de notificaciones por medios electronicos. Una notificacion electronica se entiende practicada en el momento del acceso a su contenido; cuando es de caracter obligatorio o elegida por el interesado, se entiende rechazada -legalmente servida pese a no haberse accedido- transcurridos diez dias naturales desde la puesta a disposicion sin acceso. El plazo corre desde la puesta a disposicion (fecha_notificacion), no desde el acceso (leida). No se ha comprobado de forma exhaustiva la existencia de un plazo de notificacion mas especifico para un procedimiento AEAT concreto que desplace este regimen general; solo se descartaron RD 1363/2010 (remite al regimen general) y LGT art. 112 (notificacion por comparecencia, supuesto distinto).