baleares-dl-1-2014¶
Publicado en el Boletín Oficial del Estado como BOIB-i-2014-90003. Los cálculos de Cadrumo citan 1 disposiciones de este texto; cada una enlaza más abajo con su redacción oficial en el BOE.
baleares-dl-1-2014, art. 2¶
En vigor desde 2023-01-01 (publicado el 2014-06-06).
Texto oficial, en extracto (en español)
Illes Balears
Mínimo del contribuyente mayor de 65 años
6.105 euros anuales por importe del mínimo por contribuyente general
Leer baleares-dl-1-2014, art. 2 en el BOE
El texto consolidado del Boletín Oficial del Estado es la redacción oficial.
Ficha del catálogo
- Identificador del catálogo:
baleares-dl-1-2014:art-2- Tipo de norma:
real_decreto_legislativo- Documento del BOE:
BOIB-i-2014-90003- Corpus incluido:
corpus/manuals/renta/2025/part1/source.pdf#baleares-minimo-contribuyente- Autoridad:
autonomous_community- Nivel de evidencia:
legal_authority- Estado de revisión:
agent_reviewed- Fecha de revisión:
2026-09-10
- Revisado por:
agent-authored from the bundled AEAT Renta 2025 manual parte 1 cap. 14; operator to re-stamp the BOIB/BOE consolidated id
- Nota del catalogador:
DL 1/2014 art. 2 (Illes Balears): la comunidad NO eleva el mínimo del contribuyente general, que sigue siendo el estatal de 5.550 €. Eleva un 10 % los importes por edad: para el contribuyente mayor de 65 años el importe general pasa a 6.105 € y el incremento por mayor de 65 años a 1.265 €, con 1.540 € adicionales por mayor de 75 años. El importe general para menores de 65 años es el estatal, que es lo que esta revisión modela hoy.